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- Publicado el Viernes, 17 Junio 2016 06:01
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 2 de junio de 2016, adoptó, entre otros, el acuerdo que, según el acta, dice así:
“” SÉPTIMO.- Modificación de Convenio Colectivo y Acuerdo Marco del personal laboral y funcionario, respectivamente.
En relación con el expediente relativo a la modificación del Convenio Colectivo de aplicación al personal laboral del Ayuntamiento ( BOP número 75 de 23 de junio de 2010) y del Acuerdo Marco del Personal Funcionario (BOP número 67, de 5 de junio de 2009,) según acuerdo entre los representantes de los trabajadores y de la Corporación Local en sesión de la Mesa de Negociación de 24 de mayo de 2016, y cuya finalidad estriba, en primer lugar en incluir en ambos documentos una adenda en los términos siguientes,
“PRIMERA.- Equiparar todos los aspectos contenidos en el Acuerdo Marco del personal funcionario y en el Convenio Colectivo del personal laboral, de tal manera que, en todo caso y para la totalidad de cuanto queda contemplado en los mismos, se tenga en cuenta siempre lo que resulte más beneficioso para los trabajadores, ya sean funcionarios o laborales”,
Y en segundo lugar en el Convenio Colectivo del personal laboral añadir al contenido precedente el siguiente:
“SEGUNDA.- Para el caso de los premios de jubilación y prejubilación del personal laboral, surtirán efectos a partir de los 10 años de servicios prestados en el Ayuntamiento de Almagro.”
VISTA la convocatoria de la sesión de la Comisión Negociadora citada, celebrada el día 24 de mayo, conforme al orden del día recogido en la misma, y levantándose Acta del Acuerdo entre las partes.
VISTO el Informe de Secretaría número 30/2016, de fecha 7 de abril de 2016, y dada lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos Generales del Pleno, de fecha 25 de mayo de 2016; presentando brevemente el punto el Sr. Alcalde, sin que se abra debate al respecto por los Grupos Municipales.
El Pleno del Ayuntamiento de Almagro, en votación ordinaria, con los votos a favor de los miembros del Grupo Socialista (5), los votos a favor de los miembros del Grupo Popular (4), los votos a favor de los miembros de la Agrupación de Electores Ciudadanos de Almagro (3) y el voto a favor del miembro de la Agrupación de Electores Almagro Sí Puede (1), adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar el Acuerdo de la Comisión Negociadora de fecha 24 de mayo de 2016 en los términos siguientes:
- Inclusión en ambos documentos de una adenda en los términos siguientes ,
“PRIMERA.- Equiparar todos los aspectos contenidos en el Acuerdo Marco del personal Funcionario y en el Convenio Colectivo del personal laboral, de tal manera que, en todo caso y para la totalidad de cuanto queda contemplado en los mismos, se tenga en cuenta siempre lo que resulte más beneficioso para los trabajadores, ya sean funcionarios o laborales”,
- En el Convenio Colectivo del personal laboral añadir al contenido precedente el siguiente:
“SEGUNDA.- Para el caso de los premios de jubilación y prejubilación del personal laboral, surtirán efectos a partir de los 10 años de servicios prestados en el Ayuntamiento de Almagro.”
SEGUNDO.- Comunicar el Acuerdo del Pleno al Presidente de la Comisión Negociadora y notificar el mismo a los representantes del personal laboral y funcionario con indicación de los recursos a que hubiera lugar. Asimismo, emplazar a las partes para la firma de las adendas al Convenio Colectivo y Acuerdo Marco.
TERCERO.- Firmada la adenda expuesta al Convenio Colectivo, que por la Comisión Negociadora se presente la misma ante la Autoridad laboral competente dentro del plazo de 15 días, desde su firma, a los efectos de Registro y para que ordene su publicación obligatoria en elBoletín Oficial de la Provincia.
CUARTO.- Firmada la adenda expuesta al Acuerdo Marco, dar traslado a la Comisión Negociadora para que presente la misma ante la oficina pública correspondiente procediendo a su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia.
QUINTO.- Publicar el presente acuerdo en el Portal de Transparencia municipal.””
Lo que traslado a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que, frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante esta Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación.
Almagro, a 16 de junio de 2016
EL SECRETARIO,
Fdo.- Juan Ramón Galán Arcos.-