Ordenanza Nº 32 (Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos)
- Categoría: Fiscales
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 32
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
CAMIÓN CISTERNA.
Art.1.- Concepto. -
De conformidad con lo previsto en el art.127 en relación con el art.41, ambos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004), este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio de camión-cisterna, con la finalidad de desatascar el saneamiento en los domicilios particulares efectuada por los servicios municipales, previa solicitud del usuario.
Art.2.- Obligados al pago. -
Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza, quienes se beneficien de los servicios prestados por el Ayuntamiento, a que se refiere el art. anterior.
Art.3.- Cuantía y obligación de Pago. -
El importe del precio único, cuya obligación de pago nace desde el momento que se inicia la prestación del servicio, viene determinado de la siguiente forma;
Por cada servicio, que se proporcionará de lunes a viernes:
De 8 a 15 horas: 80,00.-€/hora o fracción.
De 15 a 20 horas: 100,00.- €/hora o fracción.
Resto horario: 140,00.- €/hora o fracción.
Por cada servicio, que se proporcionará los sábados, domingos y festivos:
De 8 a 20: 120,00.- €/hora o fracción.
Resto horario: 160,00 €/hora o fracción.
Art.4.- Cobro. -
La obligación de pagar el precio público, nace desde el momento que se solicite la prestación del servicio, abonándose el importe en la Tesorería Municipal.
Art.5o.- Gestión. -
La prestación del servicio la puede realizar el Ayuntamiento con vehículos propios, o prestados por otras Administraciones o empresas. Siendo indiferente al usuario la realización de la prestación. La presente ordenanza entrará en vigor el día 1 de enero de 2012.
BOP num. 93 de fecha 17/05/2017
BOP num. 67 de fecha 06/04/2017