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La Oficina Municipal del Consumidor informa a los comercios que pueden utilizar música 'libre' sin pagar derechos de autor

  • Publicado el Martes, 13 Septiembre 2016 11:40

OMIC

Esta música "libre" se puede encontrar en páginas como Jamendo.com donde hay hasta 32.000 álbumes clasificados por estilos

La Oficina Municipal de Información al Consumidor informa del pago de los derechos de autor en establecimientos comerciales, después de las quejas recibidas por pequeños comercios de Almagro que tiene conectada la radio, que ha recibido la visita de responsables de la Sociedad General de Autores (SGAE).

Los establecimientos pueden utilizar música 'CreativeCommons' sin necesidad de pagar derechos de autor por ella. Así lo explica el abogado especialista en propiedad intelectual y derecho informático, David Bravo y lo ha dado a conocer la Concejalía de Consumo del Ayuntamiento de Almagro  a través de una nota informativa difundida de las oficinas de consumo. Este tipo de música, llamada 'CreativeCommons', es difundida por los propios titulares a través de páginas web y su uso, "como ya han reiterado tribunales de España en diversas sentencias no genera derechos de autor para las entidades de gestión".

Esta música "libre" se puede encontrar en páginas como Jamendo.com donde hay hasta 32.000 álbumes clasificados por estilos. Este tema y otros aspectos jurídicos y empresariales, indica Bravo durante la conferencia que ofreció hoy en Logroño, bajo el título 'La SGAE: ¿gestión de derechos de autor o abusos contra la empresa? Como dice Bravo, cuando un establecimiento reciba una denuncia por parte de una entidad de gestión, como la SGAE, por escuchar música en la radio; primero habrá que preguntarse "si el uso de esa música es repertorio de la SGAE y si el uso era para el establecimiento o para sí mismo, en cuyo caso no habría que pagar". En este sentido, apunta que el uso de la música "sólo genera derechos cuando es una comunicación pública, cuando la intención excede del propio ámbito personal".

Como ejemplo, el abogado explica que la canción HappyBirthday "es propiedad de la Warner y por ello recibe al año 2 millones de euros" y las palabras "también son propiedad de una empresa japonesa". Por este motivo, indicó que "cantarla en un restaurante es ilícito". Además, acalra que programas como Spotify son como una radio, ya que utiliza música gestionada por las entidades de gestión por lo que genera las mismas obligaciones y los mismos pagos que oír la radio". Por último, el secretario general de la FER, Emilio Abel de la Cruz, dice que en La Rioja "se están girando recibos a establecimientos para el cobro de derechos, pero hay que estudiar cada caso con un abogado", aunque señaló que estos pagos "hacen daño a pequeños empresarios". + información