El servicio de recaudación amplía los plazos del cobro y flexibiliza el pago de impuestos y tasas municipales para ayudar a las familias afectadas por los efectos económicos del coronavirus

El servicio de recaudación amplía los plazos del cobro y flexibiliza el pago de impuestos y tasas municipales para ayudar a las familias afectadas por los efectos económicos del coronavirus

Se ha prolongado hasta el 3 de julio el abono del Impuesto sobre Vehículos y las tasas municipales, que en ambos casos el plazo terminaba el 18 de mayo.

El BOP publicó ayer, martes, que el servicio de recaudación amplía los plazos del cobro y flexibiliza el pago de impuestos y tasas municipales para ayudar a las familias afectadas por los efectos económicos del coronavirus. La Diputación Provincial ha impulsado una serie de medidas en el ámbito tributario y fiscal, respecto de los tributos y demás ingresos de derecho público cuya gestión de cobro tiene delegada o concertada esta Administración Provincial con los Ayuntamientos, con el fin de hacer más llevadera a los vecinos de la provincia la situación de emergencia sanitaria en la que estamos inmersos, así como sus efectos económicos

En lo que concierne a la recaudación de los tributos, se ha decidido ampliar los plazos del pago de impuestos en voluntaria, que en el primer período afecta al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año 2020 de todos los municipios de la provincia, excepto Ciudad Real, Calzada de Calatrava, Las Labores, Luciana, Manzanares, Socuéllamos y Villarrubia de los Ojos, y a las tasas municipales.

Se ha prolongado hasta el 3 de julio el abono del Impuesto sobre Vehículos y las Tasas, que en ambos casos el plazo terminaba el 18 de mayo. En lo que concierne a Impuesto sobre Vehículos en Alcázar de San Juan, cuya recaudación en voluntaria concluía el 21 de abril, se podrá abonar hasta el 5 de junio. Y el nuevo período del IBI-Urbana en esta localidad queda fijado del 11 de mayo al 13 de julio.

Se flexibilizan, además, las mediadas en los aplazamientos y fraccionamientos, los obligados tributarios que hayan incumplido los plazos de pago de algún fraccionamiento y/o aplazamiento desde el día 14 de marzo hasta el día 30 de noviembre de 2020, podrán volver a solicitarlo hasta el próximo 23 de diciembre, sin que les sea de aplicación la desestimación por incumplimiento. Igualmente, con efecto del día 18 de marzo de 2020, las nuevas solicitudes de fraccionamiento que se realicen no empezarán a pagarse hasta el 20 de mayo de 2020.

El presidente de la Diputación ha ordenado, por último, la suspensión de las ejecuciones en la vía de apremio hasta el próximo 4 de mayo.

A pesar de que la institución provincial, como consecuencia de estos aplazamientos, ingresará más tarde los tributos encomendados por los ayuntamientos, ha dispuesto igualmente que la Diputación realice el adelanto de las cuantías previstas, correspondiente al segundo trimestre del año, para que sean efectivas a primeros de abril, por lo que se derivarán otros 14 millones de euros, que sumados a los 8 transferidos con anterioridad, suman 22 millones de euros, un significativo montante que contribuirá, sin duda, a que las arcas municipales de los consistorios ciudadrealeños tengan mayor “músculo”, en estos días en los que hacen frente a nuevas tareas y necesidades como consecuencia de la batalla contra el coronavirus.

Desde este lunes, Plan de la Diputación para los ayuntamientos

El BOP publicó este lunes, 30 de marzo, también el Plan de la Diputación dotado con un 1 millón de euros para que los ayuntamientos puedan hacer frente a la crisis de coronavirus

Los ayuntamientos de la provincia ya pueden dirigirse vía telemática a la Diputación de Ciudad Real, presidida por José Manuel Caballero, para tramitar ayudas con las que hacer frente a los gastos extraordinarios que están afrontando desde el pasado 14 de marzo como consecuencia de la crisis del coronavirus. La institución provincial ha puesto a disposición de todos los municipios un millón de euros, tal y como publica hoy el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que se ha materializado, con la mayor celeridad posible, otro de los compromisos que ha adquirido Caballero para contribuir a paliar la incidencia del COVID-19 en nuestro territorio.

El objetivo de la convocatoria es la concesión de ayudas de carácter extraordinario para la adquisición de suministros y/o la prestación de servicios, aunque con carácter excepcional se podrán financiar también inversiones, siempre que su cuantía no sobrepase el 30 por ciento de la cantidad asignada a cada municipio o eatim.

Las cantidades asignadas a cada ayuntamiento vienen determinadas por criterios objetivos. Existe un montante fijo por tramos de población en municipios y eatims hasta 3.000 habitantes y una cantidad proporcional según el número de habitantes para el resto, con un máximo de 90.000 euros. Y el plazo de presentación de solicitudes concluye el próximo 20 de abril.

Los ayuntamientos deberán aportar una memoria descriptiva y valorada económicamente del programa de adquisición de suministros y/o servicios a realizar, debiendo presentarse el presupuesto detallado y desglosado por conceptos de gastos. Habrán de incorporar, asimismo, una certificación del acuerdo o resolución de aprobación de la Memoria dictada por el órgano competente de la entidad local.

De la convocatoria se desprende, asimismo, que serán subvencionables los gastos extraordinarios que se produzcan para atender las necesidades ocasionadas con motivo del Covid-19, tales como productos sanitarios y farmacéuticos, productos de limpieza y desinfección, equipos de baldeo, contratación de personal para tareas de asistencia a personas mayores y dependientes.

Los técnicos del área responsable comprobarán las solicitudes y la documentación exigida, requiriendo a los interesados para que en el plazo de diez días hábiles subsanen los defectos, o se aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, previa resolución dictada a tal efecto.

Igualmente, y al objeto de lograr una mejor resolución, se podrá solicitar a los interesados que aporten cuantos datos y documentos sean necesarios en cualquier momento del procedimiento.

Por otra parte, el pago de la subvención se efectuará en dos plazos. En primer lugar, se realizará un anticipo del 90 por ciento, una vez resuelta favorablemente la convocatoria por la Presidencia de la Diputación Provincial. Y el 10 por ciento restante se abonará previa presentación de la documentación justificativa del total del gasto realizado con cargo a la subvención.