Anuncio - BANDO LIMPIEZA DE PARCELAS Y SOLARES EN ESTADO DE ABANDONO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMAGRO.

Anuncio - BANDO LIMPIEZA DE PARCELAS Y SOLARES EN ESTADO DE ABANDONO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALMAGRO.

EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALMAGRO, HACE SABER:

La protección del medio ambiente, la salud pública y la prevención de incendios son competencia
del Ayuntamiento, en aplicación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local.

Se ha comprobado que en el municipio existen un gran número de parcelas y solares en estado
de abandono, que al presentar abundante vegetación y vertidos de residuos, tienen consecuencias
negativas para la salubridad y el medio ambiente, afectan al ornato público y en casos extremos,
suponen riesgo de incendio.

El contenido urbanístico legal del derecho de propiedad del suelo está formado, entre otros, por el
deber de mantenerlo en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando
los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo
momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo. Así se recoge en el artículo
137.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha.
Asimismo, la Ordenanza municipal reguladora de la limpieza y vallado de solares establece la
prohibición de arrojar desperdicios o basuras a los solares y la obligación de disponer de los solares
permanentemente limpios, desprovistos de cualquier tipo de residuos o vegetación espontánea,
sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras
o transmisoras de enfermedades, o producir malos olores.

Por todo ello y en virtud de las atribuciones que me confiere el Art. 21.1. e) de la Ley Reguladora
de las Bases del Régimen Local, esta Alcaldía viene a ordenar lo siguiente:

PRIMERO: Los propietarios de solares y de todas las parcelas urbanas y rústicas de este municipio,
han de realizar la tareas de desbroce, limpieza y adecentamiento de los mismos, antes del próximo
31 de mayo. Esta actuación deberá realizarse con la periodicidad necesaria a fin de mantenerlos
durante todo el año en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público,
sin necesidad de ser requeridos para ello por el Ayuntamiento.
SEGUNDO.- En caso de incumplimiento por parte de los titulares de los solares y parcelas, el
Ayuntamiento, previas las correspondientes órdenes de ejecución subsidiaria, procederá a acondicionar
los terrenos que así lo precisen, con imposición de los gastos de ejecución a cargo de sus
propietarios y con independencia de los expedientes sancionadores que fueran oportunos.
TERCERO.- Que se dé la mayor divulgación al presente bando, para conocimiento general de la
población, en el tablón de anuncios , así como en la página Web del Ayuntamiento, medios de comunicación
y cualquier otro medio que pueda ser de interés.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos expresados.
EL ALCALDE-PRESIDENTE