ANUNCIO CEMENTERIO
- Publicado el MiƩrcoles, 03 Febrero 2016 13:48
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ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE EXPEDIENTE PARA LA EXHUMACION DE RESTOS CADAVERICOS Y SU REHINHUMACIÓN EN EL MISMO CEMENTERIO.
Por esta Alcaldía se ha dictado RESOLUCIÓN 21/2016, de fecha 26 de Noviembre, que literalmente dice:
Visto el informe emitido por el Conserje del Cementerio Municipal, que pone de manifiesto lo siguiente:
“Que en el lado derecho, según se accede al segundo patio del Cementerio Municipal, se encuentra ubicado un espacio que se ha venido utilizando para hacer enterramientos en sepulturas de tierra temporales.
Se desconoce con exactitud los enterramientos realizados en este espacio, ya que no se establece la ubicación exacta en los libros registros que posee el cementerio.
La zona se encuentra en mal estado, incluso las ornamentaciones que se pusieron para identificar alguna de ellas.
Se trataría de personas desconocidas fallecidas por causas comunes, pertenecientes al grupo II, no incluidas en el Grupo I, conforme a la clasificación del Decreto 2263/1974 y Grupo III del DECRETO 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria de Castilla la Mancha, y cuyos enterramientos han transcurrido desde tiempo inmemorial, pasados muchos más de diez años.”
Iniciar expediente para extinguir los derechos funerarios que existan sobre los restos cadavéricos enterrados del Cementerio de este Municipio según plano y fotos del Expediente, a fin de proceder exhumación y reinhumación de los mismos, dentro del osario municipal.
Dado que existe una necesidad urgente e imperiosa de disponer de terrenos dentro del cementerio municipal para realización de enterramientos, esta Alcaldía, HA RESUELTO, la adopción del siguiente ACUERDO.:
PRIMERO.: Solicitar informe/ autorización a la Delegación Provincial de Sanidad para la exhumación de los restos cadavéricos ubicados en el espacio descrito dentro del cementerio municipal, para posteriormente proceder a su rehinumación en el mismo cementerio, dentro del Osario Municipal, dentro de una caja de restos.
SEGUNDO.: Ofrecer a los interesados el traslado de los restos cadavéricos y de los cadáveres que están en estos momentos enterrados
En el caso de que los interesados no se manifiesten en plazo, se dará traslado de los restos cadavéricos al osario habilitada al efecto.
TERCERO.: Notificar a los interesados conocidos el inicio del expediente para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante el plazo de veinte días.
CUARTO.: De conformidad con lo establecido en el art. 54.2 del Decreto 72/1999, de 1 de junio, de sanidad mortuoria, someter el expediente a información durante un plazo de tres meses, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, Diario Oficial de Castilla-La Mancha, Boletín Oficial de la Provincia y en el periódico de mayor circulación de este municipio, a fin de que cualquiera persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento.
Lo que se pone en conocimiento de todos los posibles interesados, para que puedan presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que estimen pertinentes, en relación con el expediente de extinción de los derechos funerarios y exhumación y rehinhumación que se está tramitando en el Ayuntamiento.
En Almagro, a 1 de Febrero de 2016.
EL ALCALDE
Fdo.: Daniel Reina Ureña
UBICACIÓN DE LAS SEPULTURAS TEMPORALES SOBRE LAS QUE SE VAN A CONSTRUIR NUEVAS UNIDADES DE ENTERRAMIENTO:
Explanada derecha entrando al segundo patio, delimitada por:
- paseo central / panteones números 2 – 4 – 6 – 8 – 10 - 12
- sepulturas nº 121 al 152
- sepulturas nº 113 al 120
- Bloque de nichos desde nº 742 al 792
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Sepulturas nº 113 al 120 |
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SEPULTURAS TEMPORALES |
Sepulturas nº 121 a 152 |
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Panteones Nº 2 – 4 – 6 – 8 – 10 – 12 |
ACCESO AL 2º PATIO |
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PASILLO CENTRAL |
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE EXPEDIENTE PARA LA EXHUMACION DE RESTOS CADAVERICOS Y SU REHINHUMACIÓN EN EL MISMO CEMENTERIO.
Por esta Alcaldía se ha dictado RESOLUCIÓN 21/2016, de fecha 26 de Noviembre, que literalmente dice:
Visto el informe emitido por el Conserje del Cementerio Municipal, que pone de manifiesto lo siguiente:
“Que en el lado derecho, según se accede al segundo patio del Cementerio Municipal, se encuentra ubicado un espacio que se ha venido utilizando para hacer enterramientos en sepulturas de tierra temporales.
Se desconoce con exactitud los enterramientos realizados en este espacio, ya que no se establece la ubicación exacta en los libros registros que posee el cementerio.
La zona se encuentra en mal estado, incluso las ornamentaciones que se pusieron para identificar alguna de ellas.
Se trataría de personas desconocidas fallecidas por causas comunes, pertenecientes al grupo II, no incluidas en el Grupo I, conforme a la clasificación del Decreto 2263/1974 y Grupo III del DECRETO 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria de Castilla la Mancha, y cuyos enterramientos han transcurrido desde tiempo inmemorial, pasados muchos más de diez años.”
Iniciar expediente para extinguir los derechos funerarios que existan sobre los restos cadavéricos enterrados del Cementerio de este Municipio según plano y fotos del Expediente, a fin de proceder exhumación y reinhumación de los mismos, dentro del osario municipal.
Dado que existe una necesidad urgente e imperiosa de disponer de terrenos dentro del cementerio municipal para realización de enterramientos, esta Alcaldía, HA RESUELTO, la adopción del siguiente ACUERDO.:
PRIMERO.: Solicitar informe/ autorización a la Delegación Provincial de Sanidad para la exhumación de los restos cadavéricos ubicados en el espacio descrito dentro del cementerio municipal, para posteriormente proceder a su rehinumación en el mismo cementerio, dentro del Osario Municipal, dentro de una caja de restos.
SEGUNDO.: Ofrecer a los interesados el traslado de los restos cadavéricos y de los cadáveres que están en estos momentos enterrados
En el caso de que los interesados no se manifiesten en plazo, se dará traslado de los restos cadavéricos al osario habilitada al efecto.
TERCERO.: Notificar a los interesados conocidos el inicio del expediente para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante el plazo de veinte días.
CUARTO.: De conformidad con lo establecido en el art. 54.2 del Decreto 72/1999, de 1 de junio, de sanidad mortuoria, someter el expediente a información durante un plazo de tres meses, mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado, Diario Oficial de Castilla-La Mancha, Boletín Oficial de la Provincia y en el periódico de mayor circulación de este municipio, a fin de que cualquiera persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento.
Lo que se pone en conocimiento de todos los posibles interesados, para que puedan presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que estimen pertinentes, en relación con el expediente de extinción de los derechos funerarios y exhumación y rehinhumación que se está tramitando en el Ayuntamiento.
En Almagro, a 1 de Febrero de 2016.
EL ALCALDE
Fdo.: Daniel Reina Ureña
UBICACIÓN DE LAS SEPULTURAS TEMPORALES SOBRE LAS QUE SE VAN A CONSTRUIR NUEVAS UNIDADES DE ENTERRAMIENTO:
Explanada derecha entrando al segundo patio, delimitada por:
- paseo central / panteones números 2 – 4 – 6 – 8 – 10 - 12
- sepulturas nº 121 al 152
- sepulturas nº 113 al 120
- Bloque de nichos desde nº 742 al 792
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Sepulturas nº 113 al 120 |
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SEPULTURAS TEMPORALES |
Sepulturas nº 121 a 152 |
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Panteones Nº 2 – 4 – 6 – 8 – 10 – 12 |
ACCESO AL 2º PATIO |
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PASILLO CENTRAL |