La Ordenanza de Convivencia Ciudadana regula el depósito de residuos y basuras

Fachade del Ayuntamiento

Abandonar o depositar cualquier tipo de residuos, escombros, muebles y otros enseres en las vías públicas y espacios de uso público y arrojar basuras o residuos a la red de alcantarillado está tipificado como infracciones graves

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana, aprobada en Pleno por el Ayuntamiento de Almagro y en vigor desde finales del pasado mes de enero, contempla la obligación de los ciudadanos de depositar las basuras u otros residuos en las papeleras y contenedores correspondientes instalados. Prohíbe, por lo tanto, arrojar o depositar estos residuos, desperdicios o cualquier tipo de basuras, escombros, muebles u otros enseres en las vías públicas y espacios de uso público, en la red de alcantarillado y en los solares y fincas sin vallar.

 

Además, el Ayuntamiento dispondrá mediante bandos y anuncios la fecha o lugares en las que se recogerán y podrán depositar residuos selectivos como aceites usados, neumáticos, ropa, calzado, muebles o electrodomésticos en el punto limpio o, en su caso, en un eco-punto móvil. La norma de convivencia cívica prohíbe, entre otros extremos, el vertido a la vía pública de cualquier tipo de residuos, partículas derivadas de la limpieza de cualquier clase de objeto, restos de limpieza o poda de plantas; depositar basuras a granel; introducir en el interior de los contenedores cualquier clase de residuo líquido; depositar la basura en los contenedores después de su recogida por el servicio municipal; el desplazamiento de los contenedores del lugar asignado por la Administración local; y verter en las vías públicas toda clase de aguas residuales, ya sean procedentes de letrinas, cocinas, lavaderos, baños, piscinas, autocaravanas, etc.

Abandonar o depositar cualquier tipo de residuos, escombros, muebles y otros enseres en las vías públicas y espacios de uso público y arrojar basuras o residuos a la red de alcantarillado y a la vía pública que dificulten el tránsito o generen riesgos de insalubridad está tipificado en la ordenanza como infracciones graves, sancionadas con multas económicas que van desde los 751 hasta los 1.500 euros. Asimismo, la Ordenanza de Convivencia Ciudadana tiene un artículo dedicado a los residuos orgánicos. Así, está terminantemente prohibido escupir o hacer las necesidades en las vías públicas y en los espacios de uso público o privado. Además, las personas que conduzcan perros u otros animales deberán impedir que éstos depositen sus deyecciones en las aceras, calles, paseos, césped, jardines y, en general, cualquier lugar dedicado al tránsito de peatones o juegos infantiles. Los propietarios o responsables de los animales deberán recoger los excrementos sólidos que los mismos depositen en la vía pública.