El Ayuntamiento combate los actos incívicos mediante la ordenanza de convivencia ciudadana

Imagen de archivo

Entró en vigor el pasado 25 de enero y regula, entre otros aspectos, los daños al mobiliario, las pintadas, los ruidos y olores, la tenencia y control de animales y la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública

El alcalde de Almagro, Luis Maldonado, anunciaba en el pleno del pasado jueves la entrada en vigor de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, con la que el Ayuntamiento pretende “prevenir las actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana y la protección de bienes públicos, uso de servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones y espacios públicos de titularidad municipal y de todas las instalaciones y elementos que forman parte del patrimonio urbanístico y elementos de la localidad frente a las agresiones, alteraciones y usos ilícitos de que puedan ser objeto”.

 

Las medidas de protección reguladas en esta ordenanza, que ha contado con un gran consenso gracias a la colaboración de PP y PSOE y de las más de 100 propuestas presentadas por los vecinos, son de aplicación en todo el término municipal y se refieren a los bienes y servicios de uso público de titularidad municipal, tales como calles, plazas, paseos, parques y jardines, puentes y pasarelas, túneles y aparcamientos, fuentes y estanques, edificios públicos, mercados, museos y centros culturales, colegios públicos, cementerio, piscinas, complejos deportivos y sus instalaciones, bancos, farolas, elementos decorativos, señales viarias, árboles y plantas, contenedores y papeleras, vallas, elementos de transporte y vehículos municipales y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.

También están comprendidos en las medidas de protección de esta ordenanza los bienes e instalaciones de titularidad de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano de Almagro en cuanto están destinados al público, tales como marquesinas, elementos de transporte, vallas, carteles, anuncios y otros elementos publicitarios, señales de tráfico, quioscos, contenedores, terrazas y veladores, toldos y jardineras.

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana prohíbe cualquier actuación sobre los bienes protegidos por la misma que sea contraria a su uso o destino o implique su deterioro, alteración, ya sea por rotura, arranque, incendio, vertido, desplazamiento indebido, colocación de elementos de publicidad, utilización de materiales o sustancias y cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética, normal uso, ubicación y destino. Así, esta nueva norma municipal regula las pintadas, la colocación de carteles, adhesivos y otros elementos similares, el esparcimiento de folletos y octavillas en la vía pública y espacios públicos, la publicidad sonora, los ruidos y olores, los juegos, el respeto a árboles, plantas, estanques, fuentes, papeleras y contenedores, los residuos y basuras, el ornato público, las obras y construcciones, quioscos y bares, establecimientos públicos y actos públicos, actividades publicitarias, tenencia y control de animales, el ejercicio de la mendicidad, la venta y consumo de bebidas alcohólicas y la utilización del espacio público para el ofrecimiento o demanda de servicios sexuales.

Las infracciones a esta ordenanza, que tiene un carácter preventivo, pueden tener la consideración de leves, graves o muy graves y serán sancionadas con multas económicas de hasta 750 euros, de 751 a 1.500 euros y de 1.501 a 3.000 euros, respectivamente. Además, la imposición de sanciones será compatible con la exigencia al infractor de la reposición de la sustitución alterada a su estado originario, así como con la indemnización de los daños y perjuicios causados. Serán responsables directos de las infracciones a esta ordenanza los autores materiales de las mismas, excepto en los supuestos en que sean menores de edad o concurra en ellos alguna causa legal de inimputablidad, en cuyo caso responderán por ellos los padres, tutores o quienes tengan la custodia legal conforme a las disposiciones legales vigentes en la materia. Cuando las actuaciones constitutivas de infracción sean cometidas por varias personas, responderán todas ellas conjuntamente de forma solidaria.

Para la graduación de la sanción a aplicar se tendrán en cuenta la reiteración de infracciones o reincidencia; la existencia de intencionalidad en el infractor; la trascendencia social de los hechos; y la gravedad y naturaleza de los daños causados. La Ordenanza de Convivencia Ciudadana puede consultarse íntegramente en el Ayuntamiento y en la página web municipal (www.almagro.es). *Ver ordenanza*