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La Oficina de Información al Consumidor recuerda los requisitos y las empresas acogidas al bono social de electricidad

  • Publicado el Jueves, 26 Abril 2018 14:00

Instalaciones Omic

Los consumidores vulnerables pueden acogerse a ocho empresas distribuidoras que gestiona el bono social

La Oficina de Información al Consumidor, OMIC, ha recordado en su sección de Onda Almagro los requisitos y de las empresas distribuidoras acogidas al bono social de electricidad. El bono social es el descuento en la factura de la luz regulado por el Gobierno que pretende proteger a los hogares considerados vulnerables lo que se ha definido como consumidor vulnerable. El consumidor debe acogerse a una de las ocho empresas distribuidoras (se adjunta lista) para poder disfrutar del descuento en la factura de la luz.

Para que un consumidor sea calificado de vulnerable los requisitos, están en función de ser vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social. Se adjunta la información en los tres casos. Con el nuevo bono social los consumidores serán considerados como vulnerables y tendrán un 25% de descuento en su factura si la renta anual de la unidad familiar es inferior a unos determinados umbrales, que varían en función del tamaño del hogar. El umbral se incrementará para el caso de personas con discapacidad y para víctimas de violencia de género o de terrorismo. También los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas serán considerados consumidores vulnerables.

El descuento se amplía hasta el 40% para los consumidores vulnerables severos, que serán aquellos cuya renta familiar sea inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables. Para acogerse al nuevo bono social, los consumidores deben presentar una solicitud ante su actual empresa comercializadora, pudiendo hacerse por teléfono, fax, correo postal, correo electrónico, en la web de la propia empresa comercializadora o en sus oficinas. Además, no resulta necesario presentar la declaración de la renta, al poderse verificar la información a través de una aplicación informática de la Agencia Tributaria.

La OMIC recuerda también que el Ministerio de Energía ha ampliado su decisión de ampliar seis meses el plazo ante el derrumbe de los usuarios que lo habían solicitado hasta marzo: apenas 440.00, un 16% de lo estimado, información del digital de Cinco Días. Con esta prórroga de seis meses, los consumidores que actualmente estén acogidos al anterior bono social seguirán disfrutando hasta octubre de un descuento en sus facturas, pudiendo acogerse al nuevo bono social según su nivel de renta y circunstancias personales.

En la disposición, que firma el titular de Energía, Álvaro Nadal, el ministerio explica que desde el punto de vista práctico, la presentación de la solicitud del bono social conforme a los formularios está dando lugar a numerosas consultas por parte de los ciudadanos en relación con la documentación que debe acompañarse a dicha solicitud. Energía obliga a las eléctricas a pedir los datos de renta a sus clientes con bono social. Además, añade que las empresas comercializadoras de referencia han puesto de manifiesto algunos problemas en la cumplimentación de los formularios de solicitud que les obligan a pedir a los solicitantes la subsanación de su petición. Por ello, además de ampliar el plazo, el Ministerio ha decidido modificar los formularios para un funcionamiento más correcto del proceso de solicitud, comprobación de los requisitos para ser beneficiario y, en su caso, concesión del bono.

Condiciones para solicitar el Bono Social
Listado/Directorio sobre empresas suministradoras