El Ayuntamiento ha abierto un nuevo plazo de solicitud para la concesión de los huertos ecológicos sin adjudicar
- 23 May
El contrato será de un año y solo se puede utilizar para autoconsumo: “El uso de los huertos será exclusivamente el cultivo agrícola, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluidos la venta de productos (…) el tipo de agricultura a practicar será ecológica, por lo que está prohibido el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes químicos de síntesis.
Los huertos ecológicos tienen entres sus objetivos: fomentar la participación ciudadana y del desarrollo sostenible; promover la Educación Ambiental; establecer y valorar las relaciones entre el medio natural y las actividades humanas; facilitar el contacto directo y la manipulación de elementos como la tierra, el agua, las plantas, etc., proporcionando una experiencia enriquecedora; conocer las técnicas de cultivo de la Agricultura Ecológica y fomentar la adquisición de una serie de valores que nos motiven a sentir interés y preocupación por conservar la biodiversidad y los hábitats naturales de las especies hortícolas tradicionales y autóctonas.
Requisitos de los beneficiaros
Podrán ser beneficiarios de las licencias de ocupación de los huertos ecológicos de ocio las personas que reúnan los siguientes REQUISITOS:
- 1.- Estar empadronadas en el Municipio de Almagro con anterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria para la adjudicación.
- 2.- Encontrarse capacitados físicamente para la realización de las labores agrícolas y de cultivo a desarrollar en el huerto ecológico de ocio.
- 3.- Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias o de otra índole con el Ayuntamiento
- 4.- No ser ningún miembro de la unidad familiar usuario de otro huerto ecológico de más de 25 m2.
- 5.- Ser mayor de edad
- 6.-Encontrarse en alguno/s de los siguientes COLECTIVOS:
- 6.1) Estar en situación de desempleo con una duración superior a un año. Deberá acreditarse mediante copia de solicitud de demanda de empleo o documento oficial que lo acredite.
- 6.2) Tener a cargo del solicitante algún integrante de la unidad familiar que sea discapacitado psíquico y/o físico incapacitado para el trabajo. Deberá acreditarse mediante el documento oficial de reconocimiento de la discapacidad.
- 6.3) Familias monoparentales: madres o padres con hijos menores a su cargo siempre que acrediten la tutela efectiva de los mismos. Deberá acreditarse mediante copia compulsada de libro de familia o documento oficial que lo acredite.
- 6.4) Víctima de violencia familiar. Deberá acreditarse con sentencia judicial firme.
- 6.5) Jubilados o mayores de 65 años. Se acreditará mediante la presentación la documentación acreditativa a tales efectos expedida por la Seguridad Social.
- 6.6) Personas en situación de exclusión social. Se acreditará mediante informe de los servicios sociales municipales.
Sólo se podrá conceder un huerto por unidad de convivencia y domicilio, entendida ésa como aquellas personas que convivan en el mismo domicilio, cualquiera que sea la relación de parentesco existente entre ellos.